El Gobierno ha acordado remitir al Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés, una iniciativa más de las que están contenidas en el plan de regeneración democrática de Moncloa.
En el caso de esta ley de lobbies, un proyecto que ya se había aprobado en 2022, el Gobierno ha indicado que es la primera vez que se regulan, en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE), «las relaciones entre los denominados ‘lobbies‘ y los titulares de puestos públicos en la AGE, susceptibles de recibir influencia, con el fin de garantizar una mayor transparencia, participación en la toma de decisiones públicas y prevención de conflictos de intereses».
De esta manera, el Portal de Transparencia y el sitio web de la Oficina de Conflictos de Intereses albergarán un Registro de Grupos de Interés, que mostrará con detalle su actividad, especialmente qué reuniones mantienen con los altos cargos o los funcionarios que participan en el proceso de elaboración o diseño de las normas.
Estas actividades también quedarán reflejadas en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo de cada norma, con el objetivo de constituir una huella que permita comprobar quiénes, en qué momento y sobre qué materia han participado a la hora de diseñarla o elaborarla.
La inscripción en este Registro es obligatoria y debe identificar los ámbitos de interés de los lobbies, su finalidad, objeto social y la información financiera relativa al último ejercicio contable, indicando de forma expresa la parte imputable a la actividad de influencia.
Los grupos registrados deberán cumplir, además, un código de conducta, y se establece un régimen sancionador en caso de infracción; y aquellos grupos que no estén inscritos en este registro no podrán contactar con el personal público para ejercer actividades de influencia.
La norma considera grupos de interés a aquellas personas físicas y jurídicas, agrupaciones sin personalidad jurídica, incluidas las plataformas, foros, redes u otras formas de actividad colectiva que lleven a cabo actividades de influencia sobre el personal público; y como ya estaba previsto, no tendrán la consideración de grupo de interés las administraciones públicas y su sector público institucional, tales como los organismos y las autoridades públicas internacionales (incluidas las misiones diplomáticas y embajadas), los partidos políticos, las organizaciones sindicales y empresariales y los colegios profesionales en el ejercicio de funciones públicas.
Se consideran personal público susceptible de recibir influencia los altos cargos de la AGE, los asesores de los gabinetes, los cargos directivos públicos y el resto del personal público que participe en la toma de decisiones, en la elaboración de disposiciones normativas y en la ejecución de las políticas públicas.
La normativa establece un plazo de seis meses desde su entrada en vigor para aprobar las disposiciones necesarias para el funcionamiento del Registro y el nuevo Estatuto de la Oficina de Conflictos de Intereses.
Se da la particularidad de que el proyecto ha estado a cargo del Ministerio de Transformación Digital y Función Pública de Óscar López, que tiene como número dos a Antonio Hernando, que en la actualidad es secretario de Estado de Telecomunicaciones, pero tambien fue uno de los fundadores de Acento, una de las mayores agencias de lobby de España.