Los Grupos Parlamentarios del PSOE, PNV y BNG en el Congreso de los Diputados harán posible que el testimonio de la persona designada por un grupo político para coordinar las ruedas de prensa u otros encuentros en la Cámara Baja pueda servir como testimonio para poder sancionar a los periodistas.
Los letrados de la institucion habían advertido de que no es un funcionario público, pero estas formaciones políticas han negociado una enmienda transaccional, a la que ha tenido acceso The Objective, al dictamen sobre la Reforma del Reglamento del Congreso, con la que el Gobierno pretende controlar a los medios de comunicación que cubren la información parlamentaria.
De esta manera, aunque se ha eliminado la intención de regular la actividad de los periodistas en los accesos al Congreso, en la vía pública, donde no tiene ninguna competencia, fuentes socialistas han asegurado que aceptarían las objeciones de los letrados a esta iniciativa parlamentaria y cambiarían el texto del dictamen final, un compromiso que no se ha cumplido en su totalidad.
Así las cosas, la reunión de la Comisión de Reglamento ha dejado en evidencia al PSOE sobre uno de los puntos más cuestionado por el servicio jurídico de la Cámara Baja, ya que los letrados advirtieron de que el testimonio de un jefe de prensa de un grupo parlamentario no puede servir de base para iniciar un procedimiento sancionador, ya que no tiene consideración de funcionario y es un testimonio de parte.
En cualquier caso, los socialistas no han rectificado totalmente, ya que, según fuentes parlamentarias, lo que han hecho es «maquillar el texto» pactando con el PNV y el BNG una enmienda transaccional en la que señalan que serán sanciones graves aquellas en las que los periodistas no «cumplan las directrices e instrucciones de la Mesa de la Cámara y las que, en su caso, formule el personal de la Secretaría General o la persona que coordine las ruedas de prensa y otros encuentros de cada formación política».
El caso es que al incluir el término «persona que coordine las ruedas de prensa», no respeta lo aconsejado por los letrados. Este reglamento ha superado su penúltimo trámite antes de llegar al pleno, en el que se someterá a votación el informe final que, una vez respaldado por el Congreso, se convertirá en ley orgánica y podrá comenzar a aplicarse.
Su tramitación no ha estado exenta de polémica por lo que supone de implantación de unas medidas que los letrados advirtieron que ponen en cuestión la libertad de expresión consagrada en la Constitución.
Tras el rechazo a las enmiendas a la totalidad presentadas por el PP y Vox, la reunión de la Ponencia analizó el informe de los letrados, que ha supuesto un duro varapalo a la legalidad del mismo.
El texto inicial señalaba que «los grupos parlamentarios podrán designar a una persona que coordine sus ruedas de prensa y otros encuentros con representantes de los medios de comunicación acreditados en la Cámara. Esta persona dirigirá las instrucciones pertinentes al efecto de garantizar el orden en estos encuentros». Ante esta medida, los letrados señalaron que «no parece que las instrucciones dadas por la persona designada por un grupo parlamentario puedan, por sí mismas, servir de parámetro para calificar una conducta como sancionable, no solamente por no podérsele exigir la imparcialidad y objetividad que sí se requiere de los poderes públicos, sino por no concurrir los principios que exige el Tribunal Supremo para la delegación de funciones públicas».
En este sentido, señalan que «las instrucciones dadas por el personal de los grupos parlamentarios tienen que limitarse a ordenar el funcionamiento de las ruedas de prensa» y «no podrán tratar de condicionar, de ninguna forma, la conducta de los representantes de los medios de comunicación», ya que puede afectar «negativamente al contenido de la libertad de expresión».
Así, insisten en que «la prueba en el procedimiento sancionador no puede venir determinada únicamente por el testimonio de las personas en quienes no concurre la condición de funcionario público», y van más allá al alertar de que «en el caso de que, en el curso de una rueda de prensa, tenga lugar algún incidente del que se pretenda derivar la incoación de un procedimiento sancionador, la simple denuncia formulada por un grupo parlamentario o el personal adscrito al mismo no puede ser medio de prueba suficiente para justificar la imposición de una sanción».
Para ello, es necesaria «la concurrencia de otros medios probatorios (en particular, la existencia de grabaciones de vídeo) para poder imponer una sanción».
Al margen de esta cuestión, muy criticada por la diputada popular Carmen Navarro durante su intervención en la comisión al denunciar la «inseguridad jurídica» que provoca esta situación para los periodistas, los socialistas se han visto obligados a eliminar el intento de regular también la actividad de los periodistas en los accesos al Congreso, una zona que es vía pública y escapa de sus competencias.