
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto sanciones por un total de 335.000 euros a la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE), a la Asociación Española de Prensa Gratuita (AEPG) y a la Asociación Federativa de Empresas de Clipping (AFEC) por prácticas "anticompetitivas". El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia considera que la AEDE ha cometido una práctica "contraria a las normas de la competencia al recomendar a sus asociados unificar su política de comercailización respecto a los derechos de propiedad intelectual sobre recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revistas de prensa".
El artículo 32.1 de la Ley de Propiedad Intelectual indica que a la hora de comercializar los derechos de propiedad horizontal existen dos opciones: el titular del derecho puede optar entre oponerse a la reproducción de los artículos sobre los que ostenta un derecho de propiedad intelectual y permitir su reproducción sólo mediante autorización expresa del titular a cambio de una contraprestación pactada, o bien no ejercer ninguna oposición a la reproducción pero manteniendo el derecho a una remuneración equitativa en caso de que las noticias sobre las que ostenta un derecho de propiedad intelectual sean objeto de reproducció
Desde AEDE se recomendó a los editores que, de forma unánime, siguieran la primera de las opciones, coordinando con ello las estrategias comerciales de los editores en este mercado. Por la responsabilidad de AEDE en esta conducta, la CNC ha sancionado a la asociación con 225.000 euro
Por su parte, la CNC también ha sancionado a la Asociación Federativa de Empresas de Clipping (AFEC) y la Asociación Española de Prensa Gratuita (AEPG) por conducta "anticompetitiva". Según la CNC, en este caso, la conducta ha consistido en recomendar a sus asociados respectivos que unificasen las condiciones comerciales en la adquisición de derechos de propiedad intelectual que ofrecía el nuevo artículo 32.1 del TRLPI. La unificación de condiciones comerciales tuvo su reflejo en la elaboración de un convenio marco que establecía la estructura de tarifas, los niveles de dichas tarifas y otras condiciones comerciales sobre el alcance en la explotación comercial de los derechos objeto de la cesió
El precio, y el resto de condiciones comerciales, son variables que deben ser pactadas libremente entre las partes y las recomendaciones realizadas desde las asociaciones para unificar dichos parámetros suponen una distorsión importante a la competencia, según la CN
Por la participación "activa" de AEDE y AFEC en el diseño del convenio, Competencia ha sancionado a cada una de ellas con 50.000 euros. En el caso de AEPG, su participación pasiva en el mismo ha llevado a valorar una menor responsabilidad en la conducta, por lo que la sanción impuesta ha sido de 10.000 €.