La radio pública catalana no podrá emitir más de seis minutos de publicidad por hora
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El Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) ha decidido regular la publicidad comercial en las radios públicas. Hasta la fecha, solo la televisión tenía una cuota máxima de 12 minutos marcada por la Ley Audiovisual aprobada hace un año, sin embargo, ahora el CAC ha extendido la medida a la radio imponiendo un nuevo marco regulador que no afecta a las emisoras privadas.

En este sentido, las emisoras públicas catalanas que van desde Cataluña Radio hasta las diferentes cadenas locales, no podrán emitir más de seis minutos de publicidad comercial por hora, siendo este límite en el caso de las radios de municipios de menos de 20.000 habitantes de diez minutos.

A la hora de sumar tiempos y anuncios, el CAC excluye las autopromociones de la cadena, los patrocinios, los anuncios que se consideren un servicio público y las promociones benéficas.

El objetivo de esta regulación es poner sobre el papel la apuesta del Parlamento por la "doble financiación" de las radios públicas catalanas. El objetivo, según fuentes del CAC, es "garantizar la viabilidad de radios públicas y privadas

La reacción de las emisoras privadas ha sido inversamente proporcional a ese mensaje. En un comunicado, la Asociación Catalana de Radios (ACR) no solo ha rechazado de lleno un modelo que pone en peligro la viabilidad de los grupos privados, sino que incluso piensan en recurrir contra la nueva instrucción. Según reza el mismo comunicado, las privadas ya reclamaron un nuevo modelo que acabara con la "doble financiación de la radio pública, como está pasando en el Estado y en Europa".

La instrucción también incluye otras obligaciones que ponen coto a la emisión de publicidad en las ondas públicas. Así, marca que la separación entre contenido y anuncio debe ser clara: los conductores de un espacio no podrán vender productos o servicios y las cuñas publicitarias deberán estar delimitadas al principio y al final para que el oyente las distinga con claridad. Además, prohíbe la publicidad en las radios públicas de tabaco y bebidas alcohólicas de más de 20 grados.

En cuanto a protección de menores, añade una nueva norma, tan concreta que está dirigida a la publicidad de juguetes: las radios deberán "evitar efectos que no sean propios del producto" y, en caso de que se use, debe estar explicitado con claridad.

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